14/5/11

Igualdad, cultura y juventud, temas de un taller en Upcn

En el marco del “Mes del Trabajador”, con una variada agenda que comenzó el 2 de mayo y concluirá el 27 de este mes con la presencia del secretario general del consejo directivo nacional, Andrés Rodríguez, la Unión Personal Civil de la Nación (Upcn) realizará este jueves un taller sobre “Nuevos ámbitos de acción sindical. Igualdad, cultura y juventud”, confirmó a AIM la secretaria de Prensa de la entidad, Carina Domínguez. Exigen la reglamentación de la ley 9671 de Prevención y Sanción de la Violencia Laboral.

Domínguez: "pedimos la reglamentación de la ley 9671 de Prevención y Sanción de la Violencia Laboral".

En diálogo con esta Agencia, Domínguez detalló que “el sindicato tiene como objetivos la defensa de los derechos del trabajador y su actividad gremial, que es el eje principal”.
Sin embargo aclaró que desde el gremio se realizan además diversas acciones tendentes a potenciar la cultura y la participación de la juventud, “con una secretaría muy importante, como lo es la de Igualdad de Oportunidades y Trato, donde se abordan temas tales como la lucha contra la violencia laboral, que será desarrollado el jueves, a partir de la idea de que un sindicato puede y debe realizar actividades en otros ámbitos, fortaleciendo lo que significa su identidad y la de los trabajadores”.
La secretaria de prensa de Upcn manifestó a AIM que la entidad asesora e informa permanentemente a los trabajadores sobre lo que significa el acoso laboral y la manera que tienen de defenderse. “Nosotros conseguimos aprobar hace ya varios años una ley 9671 de Prevención y Sanción de la Violencia Laboral, pero además, estamos pidiendo la reglamentación de esa norma para que sea ejecutiva y permita llegar a definiciones. Por eso venimos trabajando con el cuerpo de abogados, ya que necesita de un contexto normativo para poder implementarse”.

Sobre la ley de violencia laboral
En agosto del año pasado, al término de la firma del Acta Acuerdo entre el gobierno nacional y la provincia, que puso en marcha en Entre Ríos la comisión Tripartita de Igualdad de Trato y Oportunidades en el Mundo laboral entre Varones y Mujeres (Ctio), la secretaría de Igualdad de Oportunidades y Trato de Upcn entregó al gobernador, Sergio Urribarri, un petitorio.
En ese texto se solicitó la reglamentación de la ley 9671 de Prevención y Sanción de la Violencia Laboral, aprobada en la Legislatura en diciembre de 2005. “Sin reglamentación, aunque se compruebe un hecho de violencia laboral no hay sanción”, dijeron entonces a AIM desde el gremio.
Si bien la ley 9671 rige en la provincia desde enero de 2006, todavía no ha sido reglamentada y esto dificulta su instrumentación en aspectos tales como el procedimiento de denuncia, la implementación de mecanismos preventivos, la aplicación de sanciones y la valoración de pruebas, entre otros.

Uno de los talleres, en el marco del "Mes del Trabajador".



Estos inconvenientes ocasionan que, en la mayoría de los casos, los trabajadores se sometan a un largo y difícil proceso, con audiencias, presentación de testigos, medidas disciplinarias utilizadas como represalias, traslados de su lugar de trabajo, y esperan que luego de la intervención de la dirección de Trabajo, que es la autoridad de aplicación de la ley 9671, se llegue a un resultado que revierta la situación de violencia vivida. Pero esto no ocurre, ya que argumentando la falta de reglamentación, nunca se emite una resolución que cierre el proceso.
Sin embargo, Domínguez aclaró a AIM que “ese es uno de los temas sobre los que estamos trabajando actualmente con el gobierno, y confiamos en que dentro de poco tiempo podremos anunciar la reglamentación”.

Cierre del Congreso
El 27 de mayo, en el acto de cierre del Congreso en el que participará el secretario general del consejo directivo nacional de Upcn, Andrés Rodríguez, se prevé la publicación y firma de un documento que, como resultado de las actividades programadas, dejará plasmadas las conclusiones así como los próximos ejes de debate y reflexión. Este documento se constituirá en uno de los lineamientos básicos en la acción sindical de Upcn.
Fuente: www.aimdigital.com.ar/aim/

Dos mujeres discriminadas por ser madres narran su lucha

En España la cifra de mujeres que sufren mobbing maternal esta cifrada en 4.000 casos por parte de la Fundación Madrina. La mayoría de las mujeres no denuncia su situación ante los tribunales.
Diana Galán / Qué.es 9 de mayo de 2011

S.S, es una de las mujeres que lo ha sufrido y que no quiere revelar su identidad. Ella trabajaba en una empresa y estaba muy bien valorada, hasta que se quedó embarazada. Denunció la situación y ganó el juicio a la empresa. "Cuando volví a la empresa me pusieron a trabajar en un almacén sin ventanas y me tuvieron un año sin asignarme tareas". La empresa recurrió y volvió a ganar.
El acoso continuó, "Me decían que era una inútil, me acabaron insultando y poniendo a mis compañeros en mi contra". Ganó hasta seis juicios con la empresa en dos años. "Me hicieron la vida imposible, lo que yo he aguantado ahí no tiene nombre", asegura.
"Yo sabía que a la vuelta no me iban a poner las cosas fáciles".
En la empresa de A J.T, otra de las mujeres afectadas, no sentó bien que se quedará embarazada y empezaron los problemas. "Me dijeron que no me iban a dar una solución y que estaba haciendo mal mi trabajo". Este hecho provocó que el médico le diera la baja durante todo el embarazo y cuando volvió, y otra vez se quedó embarazada, la situación empeoró: "Eran sutiles pero me amenazaron con tomar medidas si faltaba al trabajo", asegura. Al final el médico le volvió a dar la baja
Fuente: Qué.es

Miles de mujeres siguen discriminadas por ser madres

Miles de mujeres padecen discriminación en el trabajo por el hecho de ser madres. Muy pocas denuncian su situación.

Los datos dicen que las empresas que favorecen la conciliación y la igualdad de derechos y oportunidades entre mujeres y hombres son más productivas. La realidad dice que miles de mujeres son discriminadas cada año por el hecho de ser madres. Un 80% de los españoles cree que las mujeres sufren discriminación laboral por ser madres, según un estudio de Randstad.

La Fundación Madrina, que se encarga de hacer frente a estas prácticas, cifra en 4.000 los casos de mobbing maternal que se producen cada año en España. El perfil de las mujeres que sufren estas malas prácticas es el de una joven española de entre 25 y 35 años, con una cualificación media o baja.

La crisis económica ha hecho crecer la discriminación por el hecho de ser madre, algo que se produce sobre todo entre las trabajadoras con contratos temporales. Y es que, mientras que las empresas ven con indiferencia que sus empleados se conviertan en padres, todavía se observa como un problema que una trabajadora sea madre.

El 90% de los casos de mobbing maternal no llegan a juicio

"Vivimos en un país en el que las mujeres tienen que decidir entre su carrera profesional o ser madres". Son palabras de Conrado Giménez, presidente de la Fundación Madrina, una ONG que se encarga de denunciar el mobbing maternal y ayudar a las mujeres que lo sufren. "Hay tres formas de discriminación. La primera se produce por la imposibilidad de encontrar trabajo si estás embarazada. La segunda es cuando una mujer anuncia que va a ser madre y la cambian de puesto o directamente la despiden. La tercera es la relacionada con los impedimentos para obtener una reducción de jornada", afirma Conrado Giménez.

Hay estudios que han demostrado que estar sometidas a esa presión ha desembocado en problemas psicológicos para las mujeres. "Muchas piensan que el problema es suyo, entienden a la empresa y se sienten culpables. Otras prefieren irse. Por esta razón, sólo un 10% de los casos llegan a juicio, cuando la norma es que un embarazo le genere problemas laborales a una mujer. Lo raro es que no lo haga", dicen desde la Fundación Madrina.
Fuente: http://www.que.es/ 
6/5/11

El desempleo genera más acoso laboral


Galicia / empleo

Un 70 por ciento de las víctimas de mobbingque solicitan ayuda en la Comunidad gallega son mujeres. Los sectores donde se producen más situaciones de acoso son el servicios, el sanitario o la administración

POR PATRICIA ABET / santiago
Día 05/05/2011


Mi jefe se niega a comunicarse conmigo, me hacen el vacío, difunden rumores falsos acerca de mí, me acusan injustificadamente de cometer fallos y errores, infravaloran mi trabajo, me asignan tareas absurdas o sin sentido, me desprecian ante otros colegas, me avasallan físicamente. Así describen su día a día en el trabajo las personas víctimas de acoso laboral. Un síndrome que afecta a un 10 por cientos de los trabajadores pero para el que no existen estadísticas oficiales referidas a la Comunidad gallega.
Sin embargo, y como explicó a este diario el presidente de la Asociación Gallega contra el Acoso Moral en el Trabajo (Agacamt), Antonio París, «a nosotros nos llegan diariamente muchos casos, sobre todo desde hace dos años por efecto de la crisis y el desempleo». Y es que desde Agacamt defiende que existe una vinculación directa entre el paro y el mobbing que ha provocado que las denuncias aumenten en más de un 30 por ciento en los últimos tiempos. Esta situación cobra especial relevancia en sectores como el servicios, donde «se percibe un riesgo alto en profesionales que llevan muchos años trabajando y que parece que se trata de eliminarlos a coste cero y sustituirlos por una persona joven con un contrato basura» comenta París.
La finalidad de una situación de acoso laboral es provocar el aislamiento y el descrédito del trabajador que está siendo sometido a este abuso y cuyos trastornos asociados son muchos y muy graves. Entre ellos, los profesionales médicos destacan la depresión, el estrés, la fatiga crónica, los ataques de pánico e incluso las ideas suicidas. En la red, muchos afectados plasman sus vivencias y testimonios buscando el apoyo de otros que se encuentran en las mismas circunstancias.
En primera persona
uando la mayoría de estas personas llegan a una asociación o un sindicato para solicitar ayuda suelen hacerlo en unas condiciones psicológicas extremas. Es el caso de una afectada por mobbing que acudió a la sede de Agamat y narra así su experiencia: «Mi jefa había extendido el rumor de que yo venía enchufada con el plan de quitarle el puesto a ella. Al poco tiempo yo levantaba las dieciocho sillas del comedor al peso, fregaba a toda velocidad, aseaba usuarios, daba comidas, cambiaba pañales, pagaba materiales de mi bolsillo... También acabé comiendo sola y recibiendo malos tratos de mi jefa y el vacío de mis compañeros. Era habitual que al entrar yo en el centro no respondiese a mi saludo o me mirase mal, con un tono de voz agresivo o comentarios de mala educación; esto sucedía de manera aleatoria, realmente no se relacionaba con nada que yo hubiera hecho mal» cuenta.
La variedad de escenarios en los que se pueden producir situaciones de acoso laboral es infinita pero los expertos apuntan a que existen ciertos ámbitos como el sanitario, las universidades o la administración en los que el porcentaje de afectados es mayor. Se trata, según el presidente de la asociación, de ámbitos muy jerarquizados en los que las relaciones de poder tienen un peso muy significativo. Por eso es frecuente que los abusos provengan de jefes o trabajadores que se encuentran en un escalafón superior. No obstante, también existen «colaboraciones por acción o por omisión de los compañeros que participan en el descrédito de ese trabajador porque pretende obtener algún tipo de beneficio a cambio».
En cuanto al género, el número de mujeres que recurren a Agacamt —la única asociación en Galicia para víctimas de mobbing— es muy superior al de hombres. En concreto, su presidente señala que el porcentaje de mujeres trabajadoras que sufren este tipo de acoso es del 70 por ciento, frente a un 30 por ciento de varones. En este sentido, empieza a notarse ya una mayor concienciación social entre quienes sufren o son cercanos a alguien que está pasando por una situación de este tipo. «Nosotros abrimos la asociación hace diez años y lo cierto es que las cosas han cambiado bastante. La gente llega un poco más sobreaviso y algunos incluso han acudido a un abogado y han puesto en marcha acciones judiciales», dice París.
A nivel legal no existe una ley específica en España contra el acoso laboral, a pesar de que el número de casos en las empresas españolas vaya a más. Así las cosas, las víctimas deben que buscar otras alternativas judiciales, como la protección de los derechos fundamentales de la persona o la prevención de riesgos laborales en la que están incluidos riesgos psicosociales como el acoso.
Por ello, las asociaciones de afectados reclaman una norma específica que trate este tema y fije unas obligaciones por parte de las empresas. Y es que uno de los principales problemas con los que se encuentran las víctimas cuando emprenden acciones legales es la dificultad para demostrar que han padecido ese tipo de acoso. «A nosotros nos irritaba —apuntan desde Agacamt— que en las sentencias judiciales se minusvaloren estas actuaciones porque lo que hay que observar es la tendencia y a dónde conduce, que suele ser a la pérdida de derechos laborales y a la merma de su salud». Pese a todo, en la Comunidad gallega se han dictado ya sentencias favorables que suponen un balón de oxígeno para los agredidos.
Fuente: ABC Galicia
5/5/11

Si el jefe maltrata, paga la ART

Suprema Corte de Mendoza

La Justicia de Mendoza condenó a una Aseguradora de Riesgos de Trabajo a cubrir el tratamiento de una trabajadora que sufrió padecimientos psicológicos como consecuencia del maltrato propinado por sus superiores.
La Suprema Corte de la provincia de Mendoza confirmó el fallo de la Cámara del Trabajo que condenó a una ART al pago de prestaciones médicas por los padecimientos psicológicos sufridos por una trabajadora.
El Máximo Tribunal mendocino, integrado por los magistrados Carlos Bohm y Herman Salvini, afirmó que “la ART deberá cubrir el padecimiento psicológico de la trabajadora originado en las grandes presiones y hostigamiento practicado por parte de sus superiores”.
La mujer sufría fuertes presiones y hostigamiento en su lugar de trabajo por parte de sus superiores. Consecuencia de estas circunstancias se vio afectada por padecimientos psicológicos y tuvo que someterse a un tratamiento médico. Con el objeto de obtener cobertura por las prestaciones médicas la trabajadora demandó a la ART.
La Cámara del Trabajo de Mendoza hizo lugar a la demanda de la actora y condenó a la ART. Este fallo fue impugnado por la parte demandada mediante los recursos de inconstitucionalidad y casación.
La ART se agravió por la valoración de la prueba efectuada por el Tribunal de Apelaciones pues afirmó que no se había acreditado fehacientemente que la actora estuviera recibiendo tratamiento psicológico alguno. También cuestionó el cómputo de los intereses en tanto sostuvo que recién había tendido conocimiento de la patología de la trabajadora en ocasión de que se le notificara la demanda.
En primer término la Suprema Corte mendocina indicó que en el caso correspondía “el tratamiento conjunto de los recursos interpuestos por la empresa accionada, lo que se encuentra justificado por la identidad y conexidad que guardan entre sí, y en atención a los principios de celeridad procesal y seguridad jurídica”.
Acto seguido, el Máximo Tribunal se refirió a la veracidad de lo sostenido por la actora respecto de estar recibiendo tratamiento psicológico y señaló que el planteo de la parte recurrente resultó “extemporáneo en virtud del principio de preclusión procesal”. Añadió además que la ART impugnante no había cuestionado debidamente las pruebas aportadas sobre la salud de la mujer.
La Suprema Corte mendocina señaló también que por medio de los testimonios se había probado que “la actora se encontraba sometida a grandes presiones y hostigamiento por parte de sus superiores” y que la pericia psicológica había acreditado que el estrés sufrido por la mujer “fue por causa laboral”.
Finalmente, con respecto al cómputo de los intereses, el Tribunal Superior provincial hizo lugar a la queja de la ART recurrente y resolvió que lo establecido en la instancia anterior debía ser revocado y que los intereses “deben liquidarse desde el 07/12/06, fecha en que la aseguradora tomó conocimiento de la incapacidad de la actora mediante la notificación del traslado de la demanda”.
De este modo y en virtud de los argumentos señalados la Suprema Corte de la provincia cuyana resolvió admitir en forma parcial los recursos planteados por la ART, -sólo respecto del cómputo de los intereses-, y mantener la condena decidida en las instancias anteriores.
Fallo provisto por Microjuris.com en virtud del convenio suscripto con Diario Judicial.
Fuente: Diario Judicial
miércoles 4 de mayo 2011

Susana Treviño

Susana Treviño

Quienes Somos

Es un Estudio Jurídico especializado en problemas de Violencia Laboral (mobbing, acoso psicológico, acoso sexual) que busca informar, prevenir y promover acciones para la resolución de conflictos, proteger el derecho a la dignidad, a la intimidad y al trabajo, realizar programas de sensibilización a empresarios, mediadores jurídicos y a la sociedad en general sobre estos temas y sus consecuencias. También consultoría de prevención y planes de formación para mejorar las relaciones laborales.- Se ofrecen los conocimientos psicológicos y jurídicos, y la experiencia de más de 8 años a victimas y empresarios. Esta pagina le informara sobre las normas legales para reparar el daño causado por los poderes públicos o privados.- Solicite asesoramiento en el Telefax: +54 (341) 435-7002, o bien vía correo electrónico a infoviolencialaboral@gmail.com Titular: Susana Treviño Ghioldi (Abogada)
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